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Desde hace un tiempo es un tema recurrente en los medios el traslado de varias personalidades a Andorra con la intención de pagar menos impuestos. Pero ¿realmente es tan evidente la diferencia de impuestos entre Andorra y España? Lo analizamos en el siguiente artículo.
Andorra es desde un punto de vista impositivo uno de los países más atractivos de Europa debido a sus bajos impuestos, como su reducido IRPF, su IGI (equivalente al IVA) y su Impuesto sobre Sociedades.
Estos tres impuestos son mucho más bajos en el Principado de Andorra, por lo que atrae a profesionales de otros países y en especial a ciudadanos españoles.
Hay otros impuestos en España como el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que directamente no existen en el país vecino. Este es otro motivo por el que algunas rentas piensan seriamente en la idea de tributar en Andorra.
Para pagar impuestos en Andorra es necesario ser residente fiscal allí, es decir, vivir en el país más de 183 días al año.
El pequeño Principado de Andorra es famoso por sus bellos parajes, sus nevadas montañas y sus pistas de esquí. Pero además de todo lo anterior, el país transpirenaico es cada vez más conocido por su sistema impositivo, el cual está atrayendo sobre todo a profesionales relacionados con Internet y el entretenimiento online.
De hecho, el número de ciudadanos españoles con residencia fija en Andorra es bastante alto y esta cifra no ha parado de crecer en los últimos años. Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, en 2023 había 28.015 españoles residiendo en el principado, lo cual representa aproximadamente un 35 % de la población total del diminuto país.
Al igual que en muchos otros países, Andorra tiene un estado de bienestar desarrollado que precisa de un nutrido presupuesto para poder mantenerlo. Para tal efecto, las administraciones nacionales andorranas recaudan una serie de impuestos en Andorra entre los que destacan:
Para poder responder a la pregunta de cuántos impuestos se pagan en Andorra es necesario entender previamente los principales impuestos del país transpirenaico para después compararlos con los impuestos en España.
El IRPF de Andorra, al igual que en España, es uno de los impuestos que mayor importancia tiene desde el punto de vista recaudatorio. El IRPF grava los ingresos de las personas físicas obtenidos mediante los rendimientos del trabajo, que también incluyen las pensiones, así como los rendimientos del patrimonio.
Este impuesto va dirigido a aquellos residentes en el principado y tributa sobre todas las rentas ingresadas a nivel mundial. No obstante, cabe la posibilidad de deducir los impuestos pagados sobre rentas provenientes del extranjero.
En concreto, los residentes que tengan que tributar en Andorra no tienen que pagar en concepto de IRPF por los primeros 24.000 euros. A partir de los 24.000 euros pagarán un 5 %, hasta los 40.000 euros y a partir de los 40.000 euros se tributa al 10 %.
Entonces, ¿cuántos impuestos se pagan en Andorra si se tiene un salario bruto de 80.000 euros? En primer lugar, no tributamos nada por los primeros 24.000 euros. Por los siguientes 16.000 euros pagaremos 800 euros y por los últimos 40.000, 4.000 euros. Por tanto, la cuantía a pagar es de 4.800 euros.
Si contraponemos estas cifras con las de España podemos ver las diferencias existentes. Además, el cálculo en España es mucho más complejo, ya que existen muchos más tramos de IRPF y diferentes porcentajes dependiendo del tipo de renta. Para las rentas del trabajo existen 6 tramos en total que mostramos a continuación comparados con el IRPF de Andorra.
IRPF ESPAÑA | IRPF ANDORRA | ||
SALARIO | RETENCIÓN | SALARIO | RETENCIÓN |
0 € - 12.450 € | 19 % | 0 € - 24.000 € | 0 % |
12.450 € - 20.200 € | 24 % | 24.000 € - 40.000 € | 5 % |
20.200 € - 35.200 € | 30 % | Más de 40.000 € | 10 % |
35.200 € - 60.000 € | 37 % | ||
60.000 € - 300.000 € | 45 % | ||
Más de 300.000 € | 47 % |
Tal y como se puede observar, no es solo que los porcentajes de retención sean mayores en España, sino que tributamos desde el primer euro percibido. De esta forma, para un mismo sueldo bruto de 80.000 euros, en España se pagarían entre 23.000 y 25.000 euros, dependiendo de la comunidad autónoma de residencia. Es decir, una diferencia de alrededor de 20.000 euros.
Por otro lado, los rendimientos del capital mobiliario, como los intereses obtenidos con depósitos a plazo fijo o cuentas de ahorro, aunque se gravan con los mismos impuestos en Andorra que las rentas del trabajo, en España no ocurre lo mismo.
En España, los rendimientos del capital mobiliario se declaran en la base imponible del ahorro con los siguientes tipos impositivos:
RENTAS DE CAPITAL ESPAÑA | RENTAS DE CAPITAL ANDORRA | ||
RENDIMIENTO | RETENCIÓN | RENDIMIENTO | RETENCIÓN |
0€ - 6.000 € | 19 % | 0 € - 24.000 € | 0 % |
6.000 € - 50.000 € | 21 % | 24.000 € - 40.000 € | 5 % |
50.000 € - 200.000 € | 23 % | Más de 40.000 € | 10 % |
De 200.000 € a 300.000 € | 27 % | ||
Más de 300.000 € | 28 % |
Además de ofrecer unos tipos impositivos más favorables, Andorra tiene una serie de exenciones para las rentas del capital que resultan muy convenientes:
Exención para los primeros 3.000 euros de rentas provenientes de rendimientos del ahorro (intereses, dividendos…). Esto es muy interesante para aquellos ahorradores que tengan depósitos bancarios en entidades de Andorra.
Estas exenciones en la base del ahorro harán si cabe más atractivo tributar en Andorra, ya que la diferencia con España es visible.
Continuando con las diferencias entre los impuestos de Andorra y España, el IGI, el equivalente al IVA español (Impuesto sobre el Valor Añadido) también supone una gran diferencia entre el país ibérico y el transpirenaico. El tipo general en Andorra es del 4,5 % y en España es del 21 %. Este impuesto grava al consumidor final por la adquisición de bienes y servicios. Dependiendo del tipo de producto, pagaremos un tipo de IVA u otro.
IGI ANDORRA | IVA ESPAÑA | ||
Tipo incrementado: 9,5 % | Servicios bancarios y financieros. | Tipo general: 21 % | Grava todas las operaciones exceptuando las incluidas en los otros tipos. |
Tipo general: 4,5 % | Grava todas las operaciones exceptuando las incluidas en los otros tipos. | Tipo reducido: 10 % | Alimentos no básicos, agua, transportes, compra de inmuebles u hostelería. |
Tipo especial: 2,5 % | Transportes, museos, cines o conciertos. | Tipo superreducido: 4 % | Alimentos básicos, libros y prensa o medicamentos. |
Tipo reducido: 1 % | Alimentación, agua, libros, revistas y periódicos. | Exenciones: | Educación oficial, servicios sanitarios o productos financieros. |
Exenciones | Servicios médicos, educativos y alquileres. |
Por último, para terminar de contemplar las diferencias entre los impuestos de Andorra y España, cabe resaltar otro de los impuestos que más importancia tiene: el Impuesto sobre Sociedades, el encargado de gravar los beneficios empresariales en territorio nacional.
De hecho, este gravamen es muy reducido en Andorra al igual que otros impuestos como el IGI o el IRPF. En concreto, las empresas tributan por el 10 % de sus beneficios, e incluso el 2 % para algunas sociedades. Por otro lado, durante el primer año de vida de una empresa únicamente se pagará el 50 % de ese impuesto (y solo si tiene beneficios).
En cambio, las sociedades radicadas en la España peninsular tienen que pagar un 25 % por sus beneficios, por lo que tributar en Andorra es también muy interesante y rentable para las personas jurídicas.
IS ESPAÑA | IS ANDORRA | ||
BENEFICIO | TIPO | BENEFICIO | TIPO |
Más de 0 € | 25 % | Más de 0 € | 2 % - 10 % |
El Impuesto sobre el Patrimonio busca recaudar dinero entre los que más riqueza tienen, independientemente de sus ingresos. Aunque en España varía entre las diferentes comunidades autónomas, este impuesto va dirigido a las personas con más de 700.000 euros en patrimonio (300.000 euros por vivienda habitual están exentos).
Los porcentajes a tributar sobre el patrimonio total varían entre el 0,2 y el 3,5 %, dependiendo de la cantidad de patrimonio declarada y de la autonomía donde residamos. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, es del 0 %.
Sin embargo, este impuesto en Andorra no existe, por lo que supone otra ventaja en la fiscalidad de Andorra y un motivo más para vivir en el país transpirenaico.
Al igual que el Impuesto sobre el Patrimonio, este impuesto está cedido a las comunidades autónomas en el Estado español. Este gravamen, de carácter progresivo, tributa por lo general entre el 7,65 y el 34 % sobre las herencias y las donaciones.
No obstante, en la práctica las herencias y las donaciones están sujetas a bonificaciones y reducciones dependiendo de diversos supuestos y de la relación entre el receptor de los bienes y el donante. Aunque en algunos pocos casos puede llegar a suponer el 81,6 % del total. Sin embargo, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones tampoco existe en Andorra.
Tras observar cuántos impuestos se pagan en Andorra y ver las diferencias con España, la siguiente pregunta sería, ¿cómo podemos tributar en Andorra?
El primer paso es residir oficialmente allí. El principado ofrece dos alternativas para ello:
Como hemos indicado, este cambio de residencia tiene que ser efectivo. De lo contrario, la Agencia Tributaria española seguirá considerando que resides en España y puede que exija que sigas tributando en el mismo país.
En definitiva, desde el punto de vista impositivo tributar en Andorra es muy atractivo, pero no muy práctico. Desafortunadamente, para la mayoría de los ciudadanos españoles esto no es posible y solamente está al alcance de unos pocos que son capaces de teletrabajar o de encontrar un empleo en el bello país transpirenaico.
* Te recordamos que en Raisin no ofrecemos asesoramiento fiscal y no asumimos ninguna responsabilidad por la exactitud de la información fiscal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.