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El Gobierno de España necesita recibir tributos para poder sostener los servicios públicos fundamentales que ofrece a sus ciudadanos como la sanidad, la educación o la justicia. A continuación, descubre todo lo que debes saber sobre los impuestos directos e indirectos.
Los impuestos directos son los que tienen en cuenta la capacidad económica del contribuyente.
Algunos ejemplos de impuestos directos en España son: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, el Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas, y el Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Los impuestos indirectos son los que se aplican sobre el consumo y los servicios sin considerar las circunstancias personales del pagador.
Algunos ejemplos de impuestos indirectos son: el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Los impuestos directos son los tributos para personas físicas o jurídicas que se calculan y aplican teniendo en cuenta la capacidad económica del contribuyente. Por ejemplo, según su riqueza total (el patrimonio) o las rentas obtenidas en la base imponible general y en la base imponible del ahorro en un ejercicio fiscal (ingresos anuales).
Las personas y las empresas son las encargadas de liquidar y pagar directamente los impuestos directos a la administración tributaria correspondiente.
IMPUESTOS DIRECTOS | PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS |
IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) | 1. La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, y Real Decreto 439/ 2007, de 30 de marzo, regula el impuesto. |
IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) | 1. El Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, dictaron las normas para su aplicación. |
Impuesto sobre Sociedades (IS) | 1. La Ley 27/2004, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, regularon el impuesto. |
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) | 1. La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, regularon el impuesto. |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) | 1. El RD Legislativo 2/2004, RD Legislativo 1/2004 y RD 417/2006, dictaron las normas para su aplicación. |
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) | 1. El RD 1175/1990, Real Decreto 1259/1991, y RD 243/1995, de 17 de febrero, dictaron sus normas para su aplicación. |
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalía) | 1. El Real Decreto- Ley 26/2021 de 8 de noviembre, regula el impuesto. |
Los impuestos indirectos son los que no tienen en cuenta la capacidad económica del contribuyente o sus manifestaciones de riqueza. En otras palabras, todas las personas pagan lo mismo de impuestos indirectos al adquirir bienes o contratar servicios. Así, el impuesto que se aplica al hacer una compra en el supermercado es siempre el mismo, independientemente de cuál sea tu patrimonio o cuánto dinero ganes.
IMPUESTOS INDIRECTOS | PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS |
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) | 1. La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, regula el impuesto. |
Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) | 1. La Ley 20/1991, de 7 de junio, regula el impuesto. |
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) | 1. El Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, dictó sus normas para la aprobación. |
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) | 1. La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, regula este impuesto. |
Impuestos Especiales | 1. La Ley 38/1992, de 28 de diciembre, y el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, regularon el impuesto. |
Estas son las diferencias entre los impuestos directos e indirectos que deben pagar los contribuyentes en España:
* Te recordamos que en Raisin no ofrecemos asesoramiento fiscal y no asumimos ninguna responsabilidad por la exactitud de la información fiscal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.